Feique y Fiteqa-CCOO firmaron el XVI Convenio Colectivo del Sector Químico en España, que afectará a cerca de 200.000 trabajadores durante los años 2011 y 2012, y cuyos detalles principales resumimos y detallamos a continuación.

Ámbito Temporal:
• El convenio tendrá una vigencia de dos años: 2011 y 2012

Incrementos Salariales Convenio Colectivo del Sector Químico:
• 1,5% para 2011 y 1,5% para 2012 sobre la Masa Salarial Bruta de las empresas.

• Revisión salarial a IPC real para cada año de vigencia con efectos retroactivos del mes del año en que el IPC acumulado mensual supere la cifra de incremento inicial.

En relación a la revisión salarial, se establece una Disposición Adicional por la que se acuerda constituir una comisión de estudio, conscientes las partes del debate suscitado en el ámbito de las relaciones laborales sobre la conveniencia de modificar el modelo de incrementos salariales hasta ahora utilizado por el CGIQ y mayoría de convenios colectivos, basado en la evolución del IPC, por otros basados en la evolución de la productividad u otros factores.

Jornada laboral Convenio Colectivo del Sector Químico :
• Sin reducciones de jornada respecto Convenios anteriores, manteniéndose 1.752 horas anuales de trabajo efectivo.

• Establecimiento de una bolsa de 100 horas flexibles para situaciones de descenso de actividad, permitiendo aplicar primero el descanso y luego la recuperación de dicho tiempo.

Contratación Convenio Colectivo del Sector Químico :
• Ampliación de la duración máxima del contrato de obra y servicio de 2 a 3 años.

• Incremento de la retribución de los contratos para la formación y el aprendizaje y obligación de las empresas de designar un tutor.

Absentismo Convenio Colectivo del Sector Químico :
• Nueva definición que permite computar las ausencias de más de 21 días por enfermedad común (salvo hospitalización, maternidad y otras) a efectos de poder retirar el complemento de Incapacidad Temporal por enfermedad común en aquellas empresas que lo tengan establecido. El destino de las cantidades dejadas de abonar por esta circunstancia deberá acordarse con los representantes de los trabajadores.

Formación Convenio Colectivo del Sector Químico :
• Obligación de negociar con los representantes de los trabajadores planes de formación en todos los centros de trabajo de más de 250 trabajadores.

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• En las empresas con varios centros de trabajo que en su conjunto superen 250 trabajadores también tendrán obligación de elaborar planes de formación.